domingo, 15 de abril de 2007


El CELTYV


El Centro de Estudios Legales sobre el Terrorismo y sus Víctimas, (CELTYV) está consagrado a la investigación y asistencia a las víctimas del terrorismo que asoló la Argentina durante 29 años, desde 1960 a 1989.

La actividad de investigación promueve el conocimiento y difusión de las acciones de las organizaciones armadas, apoyando a su vez a las víctimas del terrorismo, ante las necesidades de orden psicológico así como en aspectos legales o sociales.

El CELTYV es una rama reciente y especializada de la fundación AUNAR, creada en 1993 con la finalidad de buscar y promover puntos de encuentro entre los argentinos. Por eso, la dolorosa problemática del terrorismo y sus víctimas merece un capítulo aparte dentro de AUNAR, al que está dedicado el CELTYV.


La sociedad debe hacer sentir su solidaridad con las víctimas del terrorismo.

Por ellos, por sus derechos insatisfechos: a la Verdad, la Justicia, la Reparación y la Paz.

Apoye al CELTYV

9 comentarios:

Carlos Marcelo Shäferstein dijo...

Felicitaciones por esta útil iniciativa del Centro de Estudios Legales sobre el Terrorismo y sus Víctimas. Hace más de una generación que vienen adoctrinando a nuestros hijos en la mentira, alegando que el único Centro de Investigación sobre el terrorismo es el CELS, que las únicas víctimas fueron los terroristas y que el único terrorismo fue el "terrorismo de estado", invento de los hipócritas que nos usurparon la Patria.

Me gustó mucho el blog, y cuenten conmigo para aportar contenidos.

Carlos Marcelo Shäferstein

tiburon dijo...

Creo que puede ser interesante y los que escriben tienen en sus memorias el ingrato sabor de la muerte de un familiar.

CELTyV Argentina dijo...

Les agradecemos los comentarios. El CELTYV se dedica a investigar, estudiar, documentar y trabajar por el reconocimiento de las Víctimas del Terrorismo y sus Derechos. Quienes sufrieron en silencio todos estos años, pretendemos que tengan voz en este espacio que construimos en el CELTYV y que se enriquece con el aporte de todos. Visiten frecuentemente el blog, porque se actualizará constantemente.

Arturo Larrabure dijo...

Los felicito por ésta iniciativa, nuestro silencio de tantos años, creyendo que así contribuiríamos a la Paz y a la Reconciliación Nacional nos llevó a no ocupar espacios que sin duda, nos pertenecían y nos pertenecen.
Uds. son los "guardianes" de los archivos que de nuestros muertos.
Dios los bendiga

CRIMENES DE LESA HUMANIDAD

Los deudos de las víctimas asesinadas por el terrorismo vemos que aquellas son objeto de una evidente discriminación que en sí implica una amnistía encubierta para quienes cegaron sus vidas.
Con ese propósito se sostiene que “crímenes de lesa humanidad”, son solamente aquellos cometidos por agentes estatales, mientras que los asesinatos y torturas perpetrados por Montoneros y el ERP serían meramente delitos comunes, y, por ende, prescriptibles y amnistiables.
He decidido ingresar en este debate, sin odios ni venganzas, convencido de que, si la vía elegida para saldar las heridas del pasado es la justicia, la reconciliación y la paz - que tanto ansiaba mi padre- sólo habrán de llegar si se juzga a todos, sin distinción de ideologías.
Es fácil reclamar a ultranza justicia, cuando, por connivencias políticas o judiciales, los crímenes cometidos por el reclamante quedan impunes. Pero la cosa cambia, cuando una justicia imparcial, valiente y conciente de sus responsabilidades históricas, vuelve los ojos hacia el reclamante preguntándole qué hizo en ese pasado doloroso.
Desde el punto de vista jurídico la tesis pergeñada para eximir de responsabilidades a los ex guerrilleros, deviene inadmisible por cuanto el art 7 del Estatuto de Roma, ratificado por ley 25.390, considera crímenes de lesa humanidad al asesinato, al exterminio, a la encarcelación u otra privación grave de la libertad física en violación de normas fundamentales de derecho internacional; a la tortura; y otros actos inhumanos de carácter similar que causen intencionalmente grandes sufrimientos o atenten gravemente contra la integridad física o la salud mental o física y sean cometidos como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil
Todos estos supuestos del tipo penal eran visibles en el cadáver de mi padre, con 47 kilos menos, signos evidentes de tortura y una profunda huella dejada por la soga y/o el alambre con que lo ahorcaron.
El Estatuto de Roma, al definir qué debe entenderse por “ataque contra una población civil” dice: “se entenderá una línea de conducta que implique la comisión múltiple de actos mencionados en el párrafo 1 contra una población civil, de conformidad con la política de un Estado o de una organización de cometer esos actos o para promover esa política”
Al aludir a "política de un Estado o de una organización", da por tierra con el sofisma urdido en el país para alegar que "crímenes de lesa humanidad" son solamente los cometidos por un agente estatal. Obviamente el sofisma se apoya en una premisa doblemente falsa. En primer lugar, porque esa limitación no figura en el Estatuto de Roma ni en el derecho de gentes, y, en segundo término, porque resulta absurdo que el componente estatal se coloque por encima del valor de la vida. Toda vida es sagrada e inviolable, sin importar si el que mata es un etarra, un erpiano, un montonero o un militar.
Corroborando lo expuesto el tribunal internacional para la ex Yugoslavia en el caso Endemovic dijo:

"Los crímenes de lesa humanidad son serios actos de violencia que dañan a los seres humanos al golpear lo más esencial para ellos: su vida, su libertad, su bienestar físico, su salud y/o su dignidad. Son actos inhumanos que por su extensión y gravedad van más allá de los límites de lo tolerable para la comunidad internacional, la que debe necesariamente exigir su castigo. Pero los crímenes de lesa humanidad también trascienden al individuo, porque cuando el individuo es agredido, se ataca y se niega a la humanidad toda. Por eso lo que caracteriza esencialmente al crimen de lesa humanidad es el concepto de la humanidad como víctima" (citado por la C. Nac. y Corr. Sala 4º. 28/2/2003, G.H.A. JA 2003-III-378).

La Carta Orgánica del Tribunal Militar de Nüremberg definió a los delitos de lesa humanidad como "...el asesinato, la exterminación, la esclavitud, la deportación o la comisión de otros actos inhumanos contra la población civil, antes o durante la guerra, o persecuciones por motivos políticos, raciales o religiosos..." (Zuppi, Alberto L., "La prohibición "ex post facto" y los crímenes contra la humanidad", ED 131-765).
A su vez, la Convención sobre la imprescriptibilidad de los crímenes de guerra y de los crímenes contra la humanidad, adoptada y abierta a la firma, ratificación y adhesión por la Asamblea General en su resolución 2391 (XXIII ), de 26 de noviembre de 1968, establece en su art. 1° la imprescriptibilidad de los crímenes de lesa humanidad, los que define siguiendo las pautas del estatuto del Tribunal Militar de Nuremberg
Son precedentes internacionales contundentes que desmienten a quienes sostienen que en el ámbito de derecho internacional no existía consenso para calificar a los actos terroristas de la manera expuesta.
Numerosas resoluciones de la asamblea general de Naciones Unidas confirmaron la inclusión de los actos terroristas dentro del prealudido concepto, entre las que cabe citar a las adoptadas en febrero de l945 y l946, y la N° 304, sobre medidas para prevenir el terrorismo internacional, dictada en la sesión plenaria de l972., . Incluso la resolución 51/210 del 16.1.1996, de tal organismo internacional, señala que en dicha categoría deben ser comprendidos “los actos criminales con fines políticos concebidos o planeados para provocar un estado de terror en la población en general, en un grupo de personas o en personas determinadas” destacando que tales actos “son injustificables en todas las circunstancias, cualesquiera que sean las consideraciones políticas, filosóficas, ideológicas, raciales, étnicas, religiosas o de cualquier otra índole que se haga valer para justificarlos”.
Ello demuestra que ya en el año l972 existían precedentes de derecho internacional conforme a los cuales podía considerarse "crimen de lesa humanidad" al asesinato de mi padre.
Luego, si las leyes de obediencia debida y punto final, fueron declaradas inconstitucionales alegándose que al momento de ser dictadas se encontraban en vigencia normas de jerarquía superior - artículos 29,108 y 116 de la Constitución Nacional y la Convención Americana sobre Derechos Humanos, ratificada por la Argentina en l984- que vedaban al Congreso la posibilidad de sancionar leyes cuyo efecto fuera impedir la persecución penal de graves violaciones a los derechos humanos, con la misma vara deben dejarse sin efecto las leyes o decretos que dejaron impunes los crímenes de lesa humanidad del terrorismo.
Esa es la trascendente responsabilidad institucional que pesa sobre los jueces, y, fundamentalmente, sobre los ministros de la Corte Suprema de Justicia
Los hechos dolorosos del pasado - enseña Tvvtan Todorov en Los abusos de la memoria- pueden leerse de manera literal o de modo ejemplar. La lectura ejemplar acontece cuando extraigo una lección de ese pasado que se convierte en principio de acción para el presente, se trate de quien se trate.
David Rousset actuó de esa manera al convocar a sus compañeros de cautiverio en los campos de concentración nazis a condenar con igual rigor las atrocidades que en ese momento acontecían en los campos de concentración soviéticos. Ese llamamiento produjo el efecto de una bomba entre sus compañeros comunistas que se negaron a llevar adelante la investigación. Ellos tenían una visión sesgada de la historia, una memoria literal.
Me pregunto con qué clase de memoria actuarán los jueces cuando deban expedirse sobre el tema que analizamos.
En la sentencia dictada contra los ex comandantes la Cámara Federal en lo Penal no dejó de señalar la responsabilidad de la clase política por haber malversado los caminos legales que durante el gobierno del Gral Lanusse instrumentaron las Fuerzas Armadas para combatir al terrorismo preservando la vida y el derecho de defensa.
Dijo allí:

”en 1973, por razones que no corresponde a esta Cámara juzgar, se dictó la ley de amnistía 20.508, en virtud de la cual obtuvieron su libertad un elevado número de delincuentes subversivos, condenados por una justicia que se mostró eficaz para elucidar gran cantidad de crímenes por ella perpetrados, cuyos efectos, apreciados con perspectiva histórica, lejos estuvieron de ser pacificadores”.
La justicia eficaz fue la que brindó la Cámara Federal en lo Penal, tribunal que, habiendo juzgado con valentía al terrorismo, fue disuelta el 25.5.73, el mismo día en que se amnistió a los guerrilleros sin desarmarlos y se modificó el art.80 del Código Penal para que quien matara en adelante a un juez o un militar no mereciera reclusión perpetua.
Pero entre el 25.5.73 y el 24.3.76, como lo probó un minucioso estudio de FORES, no se dictó una sola condena contra guerrilleros, pese a que los hechos terroristas aumentaron exponencialmente con sucesos gravísimos como la matanza de Ezeiza y los ataques a los Regimientos de Formosa, Azul, Villa María, Catamarca, etc.
¿ Qué hará la justicia esta vez? ¿ Actuará con memoria ejemplar o reincidirá en su gravísimo error, abjurando de su responsabilidad institucional?
Si bien el fallo dictado por la Corte en la causa “Lariz Iriondo”generó fundados temores de que quedarían impunes los crímenes guerrilleros, debe prestarse atención a los criterios expuestos por los Ministros al fallar la causa “Simón”
Sólo los Dres Lorenzetti y Argibay sostuvieron que para que exista un crimen de este tipo debe haberlo cometido un agente estatal.
El Dr Maqueda, por el contrario, sostuvo que el presupuesto básico de un “crimen de lesa humanidad” es que en éste el individuo como tal no cuenta, sino en la medida en que sea miembro de una víctima colectiva a la que va dirigida la acción, por lo cual merecen la sanción y la reprobación de la conciencia universal al atentar contra los valores humanos fundamentales.
Maqueda certeramente ha puesto el acento en lo fundamental: valorar qué significaba para ese terrorista una vida, un ser humano
En su libro Patriotas de la muerte, el catedrático español Fernando Reinares refleja lo que los etarras sienten al matar, transcribiendo el siguiente diálogo mantenido con un militante :

“Tuvimos a este hombre 24 días encerrado. Hablamos de todo. Era muy campechano. Llegábamos a abrazarnos. Entonces un día me dijeron : ” Oye…le tienes que pegar un tiro”. No me acuerdo de ningún sentimiento de pena por esa persona ni nada de eso. ¡No se mata a la persona! Incluso cuando uno de ETA que mata a un guardia civil o lo que sea, no mata a la persona. Estás atacando a un símbolo y si eres capaz de no ver a la persona…no sufres”.

“El terrorista” - recalcó tiempo atrás Juan Pablo II- “piensa que la verdad en la que cree o el sufrimiento padecido son tan absolutos que lo legitiman a reaccionar destruyendo incluso vidas humanas inocentes. ... Pretender imponer a otros con la violencia lo que se considera como la verdad, significa violar la dignidad del ser humano y, en definitiva, ultrajar a Dios, del cual es imagen...¡No se mata en nombre de Dios!...; las injusticias existentes en el mundo nunca pueden usarse como pretexto para justificar los atentados terroristas. Si nos fijamos bien, el terrorismo no sólo instrumenta al hombre, sino también a Dios, haciendo de él un ídolo del cual se sirve para sus propios objetivos...

El terrorismo se basa en el desprecio de la vida del hombre. Precisamente por eso, no sólo comete crímenes intolerables, sino que, en sí mismo, en cuanto recurre al terror como estrategia política y económica, es un auténtico crimen contra la humanidad (Doc: “No hay paz sin justicia. No hay justicia sin perdón”).


. El desprecio a la vida humana es palpable no sólo en el fundamentalista islámico o etarra; también se lo descubre al leer el documento “Ante la crisis..” emitido al planificarse el atentado contra el Dr.Guillermo Klein y su familia.
Entonces montoneros como Miguel Bonasso y Jaime Dri, dejaron constancia de qué valor tenía para ellos la vida de niños inocentes, expresando:

“si nuestro objetivo era matar a toda la familia, implica un grave error de concepción porque no podemos actuar como agente sustitutivo del odio de clase. Cuando ese odio se exprese a nivel masivo pasará lo que tenga que pasar, pero serán las masas las que lo decidan o ejecuten..”.-

Las palabras, con su terrible elocuencia, anticipan y consienten un genocidio diciendo entrelíneas: “no los matemos nosotros; dejemos que después los maten las masas”
No pensaban secuestrar a los niños para dárselos a terceros; pensaban matarlos.
¿ Y si lo hubieran hecho qué tipo de acto delictivo hubiesen cometido?
¿No estaríamos acaso ante crímenes de lesa humanidad aunque los asesinos no fuesen agentes estatales?
¿No fue crimen de ese tipo el atentado a la embajada de Israel , que está a punto de prescribir por el temor de la justicia a incluirlo en tal categoría?
¿No lo fue el atentado a las Torres Gemelas?
Y que no se argumente que se luchó contra una tiranía. Los asesinatos de José Rucci (27.9.73); Arturo Mor Roig (15.7.74); Comisario Villar (1.11.74); Gral Cáceres Monié y su esposa( 3.12.75); Cap. Viola y su pequeña hija(1.12.74); Tte Cnel Néstor Horacio López (7.11.74); Coronel Ibarzábal (19.11.74); los asaltos al Comando de Sanidad del Ejército(6.9.73) y a la guarnición militar de Azul(19.1.74); y el intento de copamiento de los Regimientos l7 de Catamarca (ll.8.73) y 29 de Formosa(5.10.75)., ocurrieron durante el gobierno constitucional de Perón y su esposa, integrantes de una fórmula democrática que había triunfado por mas del sesenta por ciento de los votos.
Lo que se pretendía imponer por las fuerza de las armas era un sistema político que los argentinos jamás hemos propiciado en elecciones libres.
Si buscamos la verdad, no engañemos deformando la verdad histórica. Si estamos dispuestos a someternos a los dictados del derecho de gentes, seamos justos velando porque los autores de estos crímenes sean también juzgados.
Lo esencial no es el triunfo de nuestras respectivas ideologías; lo esencial es evitar que la tragedia vuelva a ocurrir y para ello es imprescindible extirpar de raíz la lógica de violencia.
Certeramente ha señalado el Dr. Maqueda en su voto que “. consagrar la proteccción de los criminales de lesa humanidad supone, al mismo tiempo, dar una licencia eventual a los futuros criminales“.

Lic. Arturo Cirilo Larrabure
alarrabure@hotmail.com
(Autor del libro, "Un canto a la Patria", editorial Edivern, escrito en homenaje a su padre, el Coronel Argentino del Valle Larrabure)

Carlos Ballero dijo...

Mágnifica idea este blog.
Ahora comienza al verdadero trabajo:repetir, repetir, repetir, divulgar, divulgar.
Es fundamental no recargar, usar técnicas homeopáticas pues el mensaje es para la juventud, a la cual han dejado de enseñarles las técnicas del aprendizaje, es decir todo tiene que ser facil.
El mensaje para que no vuelva ser engañada con las contradicciones de la realidad.

El objetivo es que conociendo todo lo ocurrido ejercite su liberttad de elección y la valore sin pasar por el horror de luchar para recuperarla, como ocurre en los parísos totalitarios.
Que por cierto no frecuenta ninguno de los personajes viajeros conocidos, sólo concurren al "horrendo mundo capitalista".
Es enorme la tarea de padres, abuelos y familiares que vivieron el horror de los atentados terroristas con nombre y apellido de plena vigencia actual,de hablar con sus allegados jóvenes y sus amigos INSISTIENDOLES QUE EN LAS CLASES DE ADOCTRINAMIENTO EN LAS ESCUELAS PREGUNTEN SOBRE EL ACCIONAR TERRORISTA Y PIDAN EXPLICACIONES.
Mucha suerte y con el mazo dando y a Dios rogando.

Anónimo dijo...

Los felicito por ésta valentia e iniciativa, nuestro silencio de tantos años, creyendo que así contribuiríamos a la Paz y a la Reconciliación Nacional nos llevó a no ocupar espacios que sin duda, nos pertenecían y hoy pertenecen a ellos.
Uds. son los "guardianes" de los archivos de nuestros muertos.
POR LA VERDAD COMPLETA Y LA PAZ EN DEMOCRACIA.-
Dios los bendiga
De Lisio Juan Jose

CELTyV Argentina dijo...

Les agradecemos su apoyo! Ahora tenemos por delante la tarea de difundir la Verdad de lo ocurrido y trabajar por el reconocimiento de las Víctimas. Con el esfuerzo de todos, podremos salir adelante en esta tarea tan compleja!

eduardo dijo...

Felicitaciones por su empeño en mostrar la verdad, debemos difundirlo hacia el EXTERIOR ,ALLI LES DUELE MÁS A ESTOS TERRORISTAS .
UN ABRAZO A TODOS.

Walter Rojo dijo...

Tengo 49 años, he crecido en la zona conocida como Monte Chingolo, partido de Lanus.
Durante los inicios de la decada del 70, fui estudiante de secundaria, trabaje, y sobrevivi en medio de los mas aberrantes actos de barbarie a mi alrededor.
Fui testigo de amenazas, atentados a obreros, conoci personas y lugares victimas de bombas y rafagas de ametralladora.
Vivia con terror hasta los 16 años, luego... solo tenia que preocuparme por portar el DNI, gastado de tanto mostrarlo, pero que, jamas impidio que me desarrollara libremente como ciudadano.
Vivi mi adolescencia con paz producto de la certidumbre de que, hombres de bien, sacrificaban sus vidas, y hoy su libertad, para limpiar nuestras calles, nuestros barrios, del azote cobarde del terrorismo marxista montonero.
Hoy estan en el poder....solo pido a Dios fuerzas para todos aquellos que aun contra el autoritarismo instaurado, luchan por la verdad autentica, la memoria fehaciente, y la justicia imparcial.
A todos ustedes... !Gracias por no dejar que el olvido nos quite la humanidad!

Walter Rojo

ESCRIBINOS